Cuota Mortuoria

¿Qué es, cómo solicitarla y cómo puede ayudar en un momento difícil?

En Chile, cuando una persona fallece, sus familiares no solo enfrentan el dolor de la pérdida, sino también la carga de organizar y costear el funeral. Para apoyar económicamente en este momento, existe la cuota mortuoria, un beneficio estatal que cubre parte de los gastos funerarios.

En este artículo te explicaremos en qué consiste, quiénes pueden solicitarla y cómo se tramita, junto con algunos consejos prácticos para que este proceso sea lo más ágil posible.

¿Qué es la cuota mortuoria?

Es un aporte económico otorgado por el Instituto de Previsión Social (IPS), las AFP o compañias de seguros y renta vitalicia, destinado a ayudar en el pago de los servicios funerarios. Este beneficio no es un crédito, sino un reembolso o pago directo que se otorga a quien demuestre haber cubierto los gastos del funeral.

El monto corresponde a 15 UF en el caso de las AFP y Rentas Vitalicias y puede variar levemente según la fecha. En el caso del pago proporcionado por el IPS, este monto es mayor.

¿Quiénes pueden solicitarla?

Puede solicitarla cualquier persona que acredite haber pagado el funeral, no necesariamente un familiar.
Los casos más comunes son:

  • Cónyuge o conviviente civil.

  • Hijos o padres del fallecido.

  • Amigos u otras personas que se hayan hecho cargo de los gastos.

  • Empresas funerarias, cuando la familia lo autoriza.

Requisitos y documentos

Para solicitar la cuota mortuoria necesitarás:

  1. Certificado de defunción del causante.

  2. Factura del servicio funerario, a nombre de quien solicita el beneficio.

  3. Documento que acredite la relación (si existe).

  4. Documento de identidad del solicitante.

Dónde y cómo se solicita

Existen tres formas principales de solicitar la cuota mortuoria:

  1. Presencialmente en sucursales del IPS o de tu AFP.

  2. En línea, si la AFP o el IPS tienen habilitado el trámite digital.

  3. A través de la funeraria, que puede gestionar el cobro con autorización de la familia.

En Biofuneral, por ejemplo, apoyamos a las familias para que este trámite se realice rápido y sin complicaciones, de forma que el beneficio llegue a tiempo.

Plazos importantes

El plazo para solicitar la cuota mortuoria es de un año desde la fecha de defunción.
Si no se solicita en ese periodo, el beneficio se pierde.

Un alivio económico en un momento de dolor

Aunque la cuota mortuoria no cubre la totalidad de un servicio funerario, puede significar un alivio importante en medio de la carga emocional y financiera. Nuestro consejo es iniciar el trámite cuanto antes y conservar toda la documentación del funeral.

Biofuneral: acompañamiento más allá del servicio

En Biofuneral creemos que despedir a un ser querido es un acto profundamente humano, que merece calma y cuidado. Por eso, además de ofrecer servicios funerarios ecológicos, asesoramos y orientamos en trámites como la cuota mortuoria, para que las familias puedan concentrarse en lo que realmente importa: el homenaje y el recuerdo.

¿Necesitas ayuda ahora?

Si quieres que te acompañemos en el trámite o que analicemos cómo aplicar la cuota mortuoria a tu caso, llámanos y te orientamos de inmediato:

📞 +56 9 95336434
Escríbenos por mensaje y coordinamos.

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